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El ayuntamiento de Cáceres condenado a devolver más de 400.000 euros en las obras del edificio 'Embarcadero'

9 Julio 2020 | 17:42 - Redacción
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Cáceres ha dictado una Sentencia por la que queda anulada la decisión del Ayuntamiento de Cáceres de resolver el contrato de Adecuación de la bóveda y exteriores del Edificio Embarcadero de Cáceres. Con esta sentencia el Juzgado pone fin a un largo problema suscitado a propósito de la reforma del Edificio, en el que han intervenido los tres últimos gobiernos de la ciudad. Tras 12 años de controversia, la sentencia condena al Ayuntamiento de Cáceres a devolver 400.000€ más intereses a la la UTE adjudicataria del contrato.

La controversia se inició en el año 2008, cuando el Ayuntamiento adjudica a la UTE constructora el contrato para adecuar la bóveda del edificio. El Ayuntamiento decide resolver el contrato por incumplimiento del contratista y ejecutar las garantías prestadas para el pago de las cantidades en que a su favor liquidó el incumplimiento (que ascienden a 400.000 euros). Desde entonces, ha habido un largo camino de disputas, procedimientos y litigios entre las partes, con repetidas resoluciones judiciales siempre a favor de la UTE, constituida por las empresas Construcciones A. Casado S.A. y Promociones e Inversiones Salgado Asociados S.L., representadas por el despacho de abogados extremeño Bálamo Legal y Fiscal.

La Sentencia, de 6 de julio, considera que el Ayuntamiento dejó transcurrir en exceso el plazo de que disponía para reclamar la responsabilidad de la empresa que ejecutó las obras, motivo por el que estima el recurso interpuesto por ésta y deja sin efecto la resolución que declaraba el incumplimiento de sus obligaciones. Lo relevante es que con esta Sentencia, al contrario que con las anteriores dictadas, se concluye la discusión y se pone fin a más de doce años de controversias.

El Ayuntamiento de Cáceres había venido sosteniendo hasta ahora que la empresa incumplió sus obligaciones en el contrato y reclamándole los importes en que valoraba su incumplimiento. La empresa, al contrario, siempre consideró que las dificultades durante las obras se debieron al propio Ayuntamiento y que los sucesivos procedimientos para la reclamación nunca se tramitaron y resolvieron adecuadamente por el Ayuntamiento. Finalmente, la Sentencia da la razón a la empresa, sin entrar en quién incumplió y reprochando a la entidad local su retraso en plantear su reclamación.

Según ha indicado el abogado que ha dirigido la defensa de la empresa adjudicataria, Manuel Beato Víbora, la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.